Exámenes médicos obligatorios de los trabajadores

El Código del Trabajo, en su artículo 275 establece que el empleador debe disponer el examen médico para la admisión y también periódico a los trabajadores. Los exámenes médicos periódicos son de acuerdo con el riesgo de cada trabajo en particular.

El Reglamento de Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo, el Decreto 14.390/1992, en su artículo 259 y 261 establece que los exámenes médicos serán a cuenta del empleador y gratuitos para el trabajador.

Según este reglamento de seguridad ocupacional (Decreto 14.390/92), el examen médico debe ser:

  1. En el momento del ingreso del trabajador a la empresa
  2. Cada 12 meses si el trabajo no es peligroso o en ambientes insalubres y cada 6 meses en caso de trabajos con cierto riesgo para la salud.

 

Entre el 2017 y 2018 era obligatorio presentar el examen médico para la inscripción de un trabajador en IPS. Esto fue suspendido en octubre del 2018 hasta un nuevo aviso por parte del IPS.

Sin embargo, no es el IPS quien exige que el empleador cumpla con los exámenes médicos tanto admisionales como periódicos, sino es el mismo Código del Trabajo y su reglamentación en los artículos arriba mencionados. Por lo tanto, cada empleador debería de contar con los certificados de los análisis en su archivo laboral. Teniendo en cuenta que debe ser gratuito para el trabajador, el empleador incurre en costos importantes dándole cumplimiento a estas disposiciones.

Recientemente el Ministerio de Trabajo, el órgano encargado de velar por el cumplimiento del Código del Trabajo, ha suspendido la obligatoriedad de realizar estos exámenes médicos por un periodo de 6 (seis) meses. Esto fue establecido por medio de la resolución MTESS Nº 989/2020 que data del 16 de julio del 2020. Entonces, hasta el 16 de enero del 2021 no serán obligatorios los exámenes médicos admisionales y periódicos, salvo aquellos que fueron ordenados especialmente por el Ministerio de Salud Pública.

La razón para esta suspensión fue expuesta textualmente en la resolución Nº 989 como sigue: “la propuesta de suspensión de los exámenes admisionales y periódicos cuenta con un fin principal que es la protección de los trabajadores en cuanto a la prevención del riesgo del contagio en los centros asistenciales privados o públicos donde deban hacerse sus exámenes…como también la de establecer un mecanismo de apoyo a los empleadores en cuanto a riesgos de contagios…y costos operativos de dichos exámenes.”

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