El aporte capital de ganado vacuno a una sociedad

Cuando dos o más personas deciden constituir una sociedad ganadera, muchas veces uno o todos desean aportar sus animales a la misma.

Se sabe que al vender ganado vacuno, se debe pagar la GUIA en SENACSA. Este pago consiste en el 1% sobre el valor aforo de cada animal. Valor aforo = el valor que SENACSA le asigna a cada categoría de animales, p.ej. Terneros y Desmamantes Gs. 850.000, Vacas 2.000.000, etc.

Esto también se debe pagar cuando los animales se aportan como parte del Capital de la nueva sociedad?

En el año 2005 fue promulgada la Ley 2655 que modifica algunos artículos de la 808/96 y de la 125/91. En esta ley fue establecido que cuando la Transferencia de los animales se realiza por APORTE CAPITAL, no se debe pagar el 1% sobre el valor aforo para cada animal.

Este pedido de transferencia se debe realizar por expediente.

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