Se puede deducir el 50% de la compra de acciones en IRP

El decreto 359 finalmente dejó en claro la deducibilidad de la compra de acciones en sociedades por acciones (no SAECAS, tienen otro tratamiento) y la compra de cuotas parte en sociedades de responsabilidad limitada.

El anterior decreto Nº 6560/16 que regía para el ejercicio 2017 no permitía aparentemente la deducción de acciones en S.A. o Sociedades en comandita por acciones y generó mucha polémica. El artículo 24 del decreto 359/18 deja en claro, sin duda alguna, que el 50% de la compra de acciones en sociedades por acciones y de cuotas parte en S.R.L. es deducible como inversión, así como el aporte de capital en estas sociedades, siempre y cuando se haya realizado efectivamente la integración de esas acciones o cuotas parte. El mencionado decreto rige ya para la liquidación del ejercicio 2017 y deja sin efecto a los decreto 9371/12 y 6560/16.

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